En el caso de paquetes o viajes combinados (reservas que incluyen alojamiento, transporte u otros elementos como excursiones o extras) si el organizador es quien suspende el viaje, siempre tendremos el derecho a recibir el total del coste desembolsado o la posibilidad de hacer un cambio de viaje por igual valor.

 

Además, deberemos recibir una indemnización cuya cantidad oscilará en función del tiempo transcurrido entre la salida del viaje y la fecha de incumplimiento por parte del organizador.

Hasta aquí bien, pero ¿qué ocurre cuando la imposibilidad de viajar viene por nuestra parte?

Por ejemplo, una hospitalización de urgencia, el cambio repentino de fecha para una operación quirúrgica, un requerimiento judicial o el siempre desafortunado despido laboral, cualquiera de estas circunstancias nos obligarán a perder el dinero que hubiéramos empleado en un viaje que nunca disfrutaremos.

¿Cuáles son los gastos a los que nos enfrentamos en caso de tener que cancelar nuestro viaje?

Exceptuando las causas de fuerza mayor deberemos indemnizar a quien nos vendió el viaje, organizador o detallista, los gastos de gestión, anulación y una penalización cuya cuantía varía entre el 5% y el 25% del importe total del viaje en función de la fecha en que notifiquemos nuestra anulación. 

¿Qué cubren los seguros de cancelación?

En el caso de que nos suceda cualquiera de los imprevistos recogidos explícitamente en la póliza y que van más allá de los que por ley están recogidos en nuestros derechos de cancelación sin penalización, este seguro nos indemnizará y cubrirá como mínimo los costes abonados para el viaje hasta el momento de la notificación de reclamación, así como los gastos de anulación, gestión y de penalización.

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