Seguros de viaje
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Una manera de minimizar el riesgo, es el de colocar diversas etiquetas identificativas por todo nuestro equipaje, tanto exterior como interiormente.
También es aconsejable no llevar en su interior elementos irremplazables, delicados o valiosos. Ni tampoco dinero en efectivo, cheques de viaje y tarjetas de crédito. La documentación de identificación personal, pólizas de seguro de viaje, y tarjetas sanitarias, recetas médicas, etc., debemos de llevarla siempre con nosotros.
Lo primero que tenéis que hacer, es acudir de inmediato al mostrador de la compañía, que está ubicado dentro de la terminal, y notificar la incidencia antes de marcharnos.
Deberemos cumplimentar un impreso llamado P.I.R. (PARTE de IRREGULARIDAD de EQUIPAJE). Una vez cumplimentado, os entregarán una copia del mismo, que deberemos de guardar a buen recaudo. En sí la formulación del P.I.R. no es una reclamación, por lo que es aconsejable presentar una, dentro de los plazos habilitados para ello.
En viajes nacionales, 10 días siguientes a la fecha que debió entregarse.
En viajes internacionales:
Lo recomendable es presentar la reclamación inmediatamente después de hacer el P.I.R., en el mismo día de los hechos, y no dejar así transcurrir el plazo.
Si contratas un viaje con transbordos, operados por diferentes compañías, puedes reclamar a cualquiera de ellas. De igual modo que si la compañía que opera el transporte es diferente de la que contrataste el viaje.
Las compañías tienen la obligación por ley, de indemnizarnos en caso de pérdida o daño del equipaje facturado. Las indemnizaciones se calculan en base a las normas internacionales, y por lo general, nunca cubren el valor de nuestras pertenencias.
Si no recibís contestación de la compañía, o la que recibís no os resulta satisfactoria, podéis recurrir a la vía judicial. Para los viajes internacionales en un plazo 2 años, y para los viajes nacionales en un plazo de 6 meses.